viernes, 25 de mayo de 2012

Cuando ser Alcalde era una enorme responsabilidad y suponía un orgullo.


Patio interior de la Real Chancillería (Valladolid)

El 1 de Mayo de cada año, tal como reflejaba la Regla de nuestra hermandad, se elegían nuevos cargos para el "buen gobierno" de la Piedad. Así se especificaba en dichos Cabildos de Oficiales.
Los Alcaldes, ( que lo eran por dos años: un año alcalde nuevo, otro año alcalde viejo), Diputados y Oficiales de la Cofradía representaban con enorme responsabilidad y orgullo a la Piedad allá donde fueran o para lo que se les encomendase. Así ocurría año tras año, desde el momento en que se redactó la Regla, (22 de Agosto de 1578), hasta el úlimo año en que estuvo vigente,  finales del XIX, (1897).
Juan de Morales (1590) es el primer alcade del que se tiene constancia escrita, siendo el último, también de forma escrita, Frutos Sacristán (1866).

Dato curioso es el aportado en 1701, ya que el Alcalde elegido, Juan Gregorio, maestro sastre de Valladolid, cofrade de la Piedad como él mismo hace constar, presenta ante el escribano de la Chancillería, Tomás de San Juan, renuncia temporal del mismo por causas laborales ("ocupaciones precisas y que no puede faltar a ellas"), retomando el cargo el 1 de Mayo de 1702.

"En la ciudad de Valladolid a once días del mes de mayo de mil setecientos y un años ante mí el escribano y testigos pareció Juan Gregorio maestro sastre vecino de esta ciudad y dijo que por cuanto con la ocasión de ser el susodicho como es cofrade de la Cofradía Penitencial de Nuestra Señora de la Piedad de esta dicha ciudad en la elección de oficiales que la dicha cofradía hizo el día primero de este presente mes y año se le nombró al otorgante como tal cofrade por mayor parte de votos por alcalde de la dicha cofradía.."


Afirmando ante el escribano que "acepta el dicho oficio y cargo de alcalde de la dicha Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad de esta ciudad y se obliga a que le servirá y cumplirá con todos los encargos que fueren de su obligación y como se acostumbra por tiempo del dicho año que comenzará a correr desde el dicho día primero de mayo del año que viene de mil setecientos y dos y cumplirá otro tal día del año que viene de mil setecientos y tres sin que por ninguna causa ni razón se pueda excusar a servir el dicho oficio y cumplir con todos sus encargos para lo cual se obliga con su persona y bienes muebles y raíces, derechos y acciones, habidos y por haber y da poder cumplido a las justicias y jueces de su majestad y que de esta causa conforme a derecho deban conocer de cualquier parte, fuero y jurisdicción que sean para que se lo hagan cumplir como por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada renuncia todas las leyes, fieros y derechos de su favor con la que prohíbe la general renunciación de ellas en cuyo testimonio lo otorga así ante mí el escribano siendo testigos Marcos Montero, D. Francisco del Castillo y Manuel Álvarez vecinos y estantes en esta ciudad y lo firmó el otorgante a quien yo el escribano doy fe conozco."

De donde se desprende que ser Alcalde, suponemos que ocurriría igual en el resto de hermandades, era de suma importancia, de enorme responsabilidad y que debía cumplir con el cargo con su persona y hacienda ( ...persona y bienes muebles y raíces, derechos y acciones, habidos y por haber...)

Así se forjaron nuestras hermandades antaño, en otros tiempos y otras circunstancias.


DOCUMENTO: "ACEPTACIÓN DE LA ALCALDÍA. JUAN GREGORIO VECINO DE ESTA CIUDAD A FAVOR DE LA COFRADÍA DE LA PIEDAD (11 – MAYO – 1701). A.H.P.V.
(Javier Baladrón Alonso)

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